El matrimonio es uno de los siete sacramentos de la Iglesia, es la santificación de la unión entre el hombre y la mujer ante Dios. Es sabido que el matrimonio tiene, entre los sacramentos, la peculiaridad de que no fue instituido por Jesucristo, sino que Dios instituyó el matrimonio con la creación de nuestros primeros padres. De modo que se puede afirmar que, además de los matrimonios entre bautizados existen otros matrimonios válidos, que son los que se han celebrados entre personas no son cristianas. Se debe recordar que estos matrimonios son auténticos, e igualmente queridos por Dios.
Como se ve, cualquier matrimonio entre bautizados es un matrimonio sacramental. En la doctrina canonista se viene hablando de la inseparabilidad del contrato y del sacramento, es decir, no es posible separar ambos aspectos del matrimonio entre bautizados.
En el matrimonio cristiano los cónyuges son fortalecidos y quedan como consagrados por un sacramento peculiar para los deberes y la dignidad de su estado. No es éste el lugar de extenderse en las características sacramentales o en los medios ascéticos, o en la vocación cristiana a la santidad de los fieles casados, pero se puede recordar, con Juan Pablo II, que si la dignidad de cualquier bautizado es grande, en los bautizados “la unión entre el hombre y la mujer no sólo puede recobrar la santidad originaria, liberándose del pecado, sino que también queda insertada realmente en el mismo misterio de la alianza de Cristo con la Iglesia”.
El Concilio Vaticano II, en la Constitución Dogmática Lumen Gentium 11, indica que “los esposos cristianos, con la fuerza del sacramento del matrimonio, por el que representan y participan del misterio de la unidad y del amor fecundo entre Cristo y su Iglesia.El matrimonio de los católicos, aunque sea católico uno solo de los contrayentes, se rige no sólo por el derecho divino, sino también por el canónico, sin perjuicio de la competencia de la potestad civil sobre los efectos meramente civiles del mismo matrimonio.
